SUBSIDIO POR CASAMIENTO
Para acceder a dicho beneficio, los trabajadores deberán estar cumpliendo con la retención del 2 \% (dos por ciento) de la remuneración como Cuota Federativa, dando cumplimiento a los Convenios Colectivos Nº 56 / 75 - 607/10 y 422/75.-
El Afiliado titular, para la obtención del subsidio por casamiento, deberá cumplimentar los siguientes requisitos, bajo la supervisión de la filial correspondiente:
COMPLETAR SOLICITUD SUBSIDIO POR CASAMIENTO
FOTOCOPIA DOCUMENTO DE IDENTIDAD DE LOS CONTRAYENTES
FOTOCOPIA RECIBO HABERES TITULAR
FOTOCOPIA CERTIFICADO DE MATRIMONIO
La documental requerida, debe ser clara, legible y presentada dentro de los treinta días de ocurrido el nacimiento, para adjudicación del subsidio, caso contrario no se dar curso al expediente.
El trámite del subsidio debe gestionarse a través del sindicato local y será liquidado a éste, siendo a su vez quién lo abonará al beneficiario.
Si ambos cónyuges son titulares, es decir que trabajan en el mismo establecimiento o en distintas empresas pero ambos están convencionados bajo los CCT Nº 56/75 – 607/10 - 422/75, serán beneficiarios de un subsidio cada titular.
La Junta Directiva Nacional, aprobó la entrega de un subsidio por casamiento de $ 500.00 (pesos quinientos c/00/100)
Este es un Beneficio que otorga la FEDERACION GREMIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS, Fiscalizado y Tramitado por el SINDICATO DE EMPLEADOS Y OBREROS DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE DE SAN FRANCISCO.
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