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2016 - Comentario Acuerdo Salarial CECA - AFIC - CAFRISA - UNICA - FIFRA
Acuerdo Salarial 2016 – CECA
Desde el 01 de Julio de 2016 al 28 de Febrero de 2017 corresponde Escala Salarial Anexo I y Escala Salarial Anexo II – No Remunerativo. Las dos escalas en cada liquidación salarial, es decir: El Anexo I con carácter remunerativo y el Anexo II con carácter No Remunerativo. Ambas escalas integran el Salario de cada mes dentro del período referido.
Desde el 01 de Marzo de 2017 corresponde Escala Salarial Anexo III.
El Presentismo determinado en el CCT 56/75 para el período comprendido entre el 01 de Julio de 2016 y hasta el 31 de Marzo de 2017 es de $ 770.40 por mes y/o $ 385,20 por quincena.
La escala Anexo II es computable para la liquidación de: a) Vacaciones, b) Horas Extraordinarias, Sueldo Anual Complementario e Indemnizaciones legales, d) Adicionales de Convenio y Premios y cualquier retribución que se calcule sobre el salario básico. Del mismo modo se aplicará para los días por enfermedad y accidentes inculpables y/o de trabajo y licencias legales o convencionales pagas por el empleador o los organismos de seguridad social.
Se ratifican los porcentajes por zona desfavorable:
Chubut (Zona 1.10)
Santa Cruz y Tierra del Fuego (Zona 1.20)
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